Los cambios tecnológicos producidos en las últimas décadas han provocado modificaciones estructurales en el ámbito de las relaciones laborales. Es innegable que hoy en día el fenómeno de la “interconectividad digital” está incidiendo en las formas de ejecución del trabajo mudando los escenarios de desenvolvimiento de las ocupaciones laborales hacia entornos externos a las clásicas unidades productivas: empresas, centros y puestos de trabajo.
En este contexto, el lugar de la prestación laboral y el tiempo de trabajo, como típicos elementos configuradores del marco en el que se desempeña la actividad laboral, están diluyéndose en favor de una realidad más compleja en la que impera la conectividad permanente, afectando sin duda, al ámbito personal y familiar de los colaboradores de una empresa.
La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales reconoce el derecho de los trabajadores de una empresa a no responder email o mensajes profesionales fuera del horario de trabajo.
En Fundeen trabajamos firmemente para conseguir una mejor conciliación entre la vida personal y profesional y el bienestar de nuestros colaboradores. Siendo uno de los pilares fundamentales el fomentar una forma de trabajo que garantice que el uso la tecnología digital no dificulte la conciliación, garantizando su derecho al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, en definitiva, garantizando su bienestar.
Resulta necesario articular el presente documento con el fin de que las personas se sientan amparadas y puedan ejercer su derecho a la desconexión fuera de la jornada de trabajo y crear hábitos saludables al respecto. Es por ello que todos los tanto trabajadores como empleador, coincidimos en la necesidad de impulsar el derecho a la desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral.
La finalidad del presente documento es trazar las pautas de cómo convivir con las herramientas digitales en la vida laboral sin que estas interfieran en su esfera personal. Es por ello que se definen unas reglas de buen uso de estas herramientas y de establecer límites para evitar los excesos y proteger a los colaboradores en el ejercicio de este derecho.
Este protocolo será de aplicación a todas las personas que trabajan en Fundeen independientemente de si realizan su función habitual presencialmente en el centro de trabajo o teletrabajando. Las personas trabajadoras se comprometen al uso adecuado de los medios tecnológicos e informáticos puestos a disposición por la empresa evitando en la medida de lo posible su empleo fuera de la jornada de trabajo. Los managers que tengan la responsabilidad de un equipo deberán ser referentes en la aplicación de esta política.
La empresa se compromete a garantizar la aplicación del presente Protocolo y consecuentemente, a adoptar las medidas oportunas en caso de vulneración del ejercicio del derecho a la desconexión
Existe el buzón [email protected], gestionado por Lissette del Rosario, como canal de comunicación en el ejercicio de este derecho.
La forma en la que se ejerce este derecho a la desconexión seguirá las siguientes pautas, sin olvidar el uso eficiente de las herramientas informáticas.